Propuesta nº 85
"En la imposición sobre alcoholes deberían adoptarse las siguientes medidas:
a) Incrementar progresivamente la imposición sobre el alcohol hasta alcanzar la media de la Unión Europea.
b) Revisar periódicamente los tipos específicos, para conseguir que se mantenga el peso de la imposición sobre el precio final.
c) Considerar la posibilidad de establecer un impuesto a tipo muy reducido sobre el vino, como recientemente se ha hecho en Francia."
¿Y?. ¡Un colosal disparate¡
La propuesta es, al margen de un colosal disparate político, económico y social, irrespetuosa con la legislación vigente pues ni en la UE, ni en España el vino está sujeto a una "imposición sobre los alcoholes".
La normativa básica comunitaria de la imposición por "impuestos especiales" lo es "sobre las bebidas alcohólicas y el alcohol", y la legislación española es muy cuidadosa al respecto, y diferencia claramente el impuesto sobre el alcohol, de los impuestos sobre la cerveza, sobre el vino y bebidas fermentadas, y sobre los productos intermedios. La estructura de las bases imponibles de los diferentes impuestos son marcadamente distintas: el volumen en el vino.
Esta diferenciación es fundamental y, nunca, bajo ningún concepto, la fiscalidad sobre el vino debe admitirse que figure bajo el paraguas de "imposición sobre alcoholes". Es una cuestión de principio que tiene importantes derivaciones en múltiples ámbitos.
Pero... ... sigamos.
En el apartado c, de la propuesta 85 los expertos formulan "la posibilidad de considerar establecer un impuesto sobre el vino, a tipo muy reducido, como se ha hecho, recientemente, en Francia".
Esta formulación es un gran disparate es una insensatez, superior al fiasco, cometido por la Ministra Salgado.
No hay necesidad alguna de establecer un impuesto sobre el vino porque este impuesto ya está establecido. Lo singular del impuesto estriba en que España, al igual que en otros 16 países europeos de la UE, el tipo aplicable es 0 euros por hectólitro.
Durante meses, años, los países vitivinícolas comunitarios luchamos para que las Directivas 92/83/CEE y 92/84/CEE del Consejo, relativas a la "armonización de las estructuras de los impuestos especiales, y de la aproximación de los tipos impositivos", respectivamente, sobre las bebidas alcohólicas y el alcohol, y aunque fuese obligatorio que el vino figurara entre los productos sujetos, el tipo mínimo aplicable fuera 0 euros por hectólitro.
Tras años de lucha se consiguió, y hoy en España y en otros 16 países miembros de la UE, se aplica como tipo del impuesto especial sobre el vino, 0 euros por hectólitro.
Aquella batalla de los años 90 hay que repetirla periódicamente pues el artículo 8 de la Directiva 92/84/CEE prevé que la Comisión elabore Informes para "considerar una aproximación de tipos entre todos los productos citados". (Vean ustedes la sinrazón de la reiteración, intentando descubrir lo descubierto, del apartado b) de la propuesta 85).
La Comisión viene elaborando periódicamente esos Informes proponiendo modificaciones pero, cuando intenta actualizar el tipo mínimo de 0 euros por hectólitro del vino se encuentra que, 0 por algo, lo que sea, siempre es 0.
Los países cerveceros, fundamentalmente Chequia, exigen un tipo positivo para el vino pues consideran que, el 0 como tipo es una habilitación permanente para eximir al vino de cualquier actualización, y tienen razón, pero olvidan que eso es exactamente por lo que se luchó en el año 1992, y se consiguió.
Ahora los expertos sin mas ni mas,, de golpe y porrazo, olvidando décadas de lucha en la difícil UE, se apuntan a la filosofía checa. ¡Qué disparate!
En el artículo de 13 de octubre de 2011,"Don Alfredo, el Bioetanol y la Cerveza", sobre la fiscalidad del vino y su relación con la de otras bebidas alcohólicas, en particular sobre la cerveza, recordabamos que:
"1.- Los acuerdos de 1992 fueron el fruto de un complejo compromiso político, adoptado por unanimidad válidamente en el marco de las competencias que el Tratado concede al Consejo, según Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea
2.- Una revisión de la Directiva 92/84/CEE, del 19 de octubre, del Consejo, relativa a la aproximación de los tipos del impuesto especial sobre el alcohol y las bebidas alcohólicas no exige la introducción de un tipo mínimo positivo sobre el vino.
3.- Los argumentos que condujeron a los acuerdos del año 1992 en una UE-12 siguen siendo, más si cabe, perfectamente válidos en el año 2011 en la UE-27.
4.- En ningún supuesto, España, conjuntamente con los grandes países comunitarios vitivinícolas, puede admitir, y por tanto debe vetar, un tipo positivo comunitario, ni español, para el vino del impuesto sobre el alcohol y las bebidas alcohólicas. Esta muy importante modificación intelectual sería origen de un largo y tortuoso camino administrativo y fiscal, con indeseadas consecuencias, a niveles nacional y comunitario.
5.- En definitiva, nada debe relacionar la fiscalidad del vino, en España, con la cerveza."
Hoy los nuevos expertos en su voracidad recaudatoria que piensan en el vino, pues deberían atreverse a subir el I.V.A, (que está en el 21%,- 16% hace pocos años), pues establecer un tipo positivo, el que sea, en el impuesto especial sobre el vino, sería un error inmenso, origen, de insoportables consecuencias a niveles comunitario y español Lo del I.V.A sería un imposible disparate, pero no mayor que el del I.E.
No queremos terminar sin analizar, aunque sea someramente, las argumentaciones vertidas por los expertos en el Informe, para formular su Propuesta nº 85:
Nos dicen que, con ella, se pretende conseguir:
- "en primer lugar, restringir su consumo y hacer que recaiga una parte del coste social del mismo en los consumidores". Señores expertos, siendo esa la filosofía que respalda todos los impuestos especiales es necesario recordarles que hoy solo 5 Estados miembros de la UE, los de mayor presión fiscal, consideran que los aspectos sanitarios son determinantes para establecer los tipos impositivos en las bebidas alcohólicas, y que en el caso del vino,-( el tipo vigente de 0 euros por hectólitro rige en 17 países de la Unión, con el 85% del consumo comunitario de vino)-, la fiscalidad nunca ha contribuido a cristalizar los hábitos tradicionales de consumo, que ha disminuido enormemente, particularmente en España hasta 19 litros- habitante-año,
¡Déjense de moralinas, discutidas y discutibles!
-" en segundo término, argumentan los expertos, que su justificación puede encontrarse también en los criterios de "imposición óptima", según los cuales deberían gravarse en mayor medida los bienes de demanda más rígida, caso en el que se encuentra el consumo de alcohol, debido a sus cualidades adictivas. Es importante subrayar que la "imposición óptima", nos lleva a que la tributación sobre los diversos tipos de bebidas alcohólicas sea totalmente uniforme para evitar los efectos de sustitución entre ellas". ¿Fiscalidad "óptima uniforme" para una demanda rígida de productos sustitutivo adictivos? !Que disparate en el mundo del vino¡
Señores expertos ¡son ustedes unos frívolos!. ¿Cómo pueden proponer una "imposición óptima" para todas las bebidas alcohólicas, basada en una demanda rígida, con cualidades adictivas, y plena uniformidad para evitar los efectos de sustitución?. Evitamos reflexionar sobre el sublime concepto de "imposición óptima", pues suponemos que argumento tan profundo no querrán extenderlo al tema del vino, pues si no, su frivolidad alcanzaría cotas impensables.
Si queremos detenernos en eso del "efecto sustitutivo del vino y otras bebidas alcohólicas" pues ¡ ni los británicos, ni los checos, ni... ...! se han atrevido seriamente a defender una uniformidad fiscal para evitar la competencia entre las distintas bebidas alcohólicas, y solamente han utilizado ese discurso para "anclar" la fiscalidad a sus productos, en los países donde rige el tipo de 0 euros para el vino. En España es famoso el matrimonio de "conveniencia" pretendido por la "rubia nórdica" con el vino mediterráneo . Señores expertos, ya en 1992 la base imponible del impuesto especial sobre las diferentes bebidas alcohólicas podía ser uniforme, pues todas las bebidas tenían alcohol, pero no se argumentó jamás que existiera relación alguna entre la "fiscalidad especial" y la competencia de productos en el mercado. Existe una numerosa y muy interesante jurisprudencia comunitaria, del más alto nivel que ha resuelto que, la fiscalidad especial sobre el alcohol y los diferentes tipos de bebidas alcohólicas no tiene que ser uniforme, que su diversidad es legítima y poco tiene que ver con temas "concurrenciales" en los mercados nacionales.
-Finalmente en apoyo de su Propuesta 85, y para justificar la posibilidad de establecer un tipo muy reducido sobre el vino, los expertos acuden al profundo argumento fiscal de "como recientemente se ha hecho en Francia". ¡Y tan rícamente!¿ Como cuánto de muy reducido? ¿Con alguna finalidad específica como la del ilegal "céntimo sanitario"?
Cierto es que los Presupuestos franceses para 2014 marcan un "tipo de impuesto especial para el "vino tranquilo" de 0,0372 euros por litro, pero se trata de un impuesto que ya figuraba durante décadas en la legislación francesa ,- 0,034 euros en julio de 2006-, y que no obedece a ningún proyecto recaudatorio, ni sanitario, ni a ninguna "fiscalidad óptima uniforme" penalizadora del consumo adictivo del vino, sino que se trata de, cumpliendo con la armonización comunitaria, mantener el tradicional control francés sobre su sector vitivinícola,
El 0 euros español es tan válido , legal y suficiente cómo el 0,0372 euros francés, como instrumento necesario en el sistema intracomunitario de circulación en el Mercado Único
Suponemos que, ni el PP, ni su Secretaria General, Presidenta manchega de la Comunidad con más viñedo de toda Europa, podían imaginar una baza electoral mejor ante las próximas elecciones al Parlamento Europeo. El inmediato y radical rechazo de la Propuesta 85 debe ser una de sus mejores bazas electorales y dudas o vacilaciones sobre el tema sería un suicidio político, como ya ocurrió con el inolvidable "tandem" Zapatero- Salgado.
Durante 50 años hemos venido formando parte de la magnífica genuina representación pública y profesional española del mundo del vino, de las bebidas alcohólicas y del alcohol; es impensable que se llegue al ridículo de encargar a expertos académicos que en unos pocos párrafos, imprecisos inexactos y faltos de rigor, formulen propuestas razonables en tan complejo mundo. El resultado es la Propuesta nº 85. Un colosal disparate.
Terminando estas líneas, conocemos que el dúo Rajoy- Soraya, ha abominado ya de la Propuesta 85, bien está lo que bien acaba pero, ¿qué necesidad tenía el Gobierno de meterse en estos berenjenales? ¿ o sí ? Algún malintencionado podría pensar que los "Lagares Boys" están pagados para concluir inanidades, decir alguna que otra barbaridad, y dar pie con ello a que el Gobierno rectifique con urgencia y gane adeptos cara a las tres elecciones que vienen
La única verdad que se deduce del Informe Lagares es que sus redactores, desconocen el mundo complejo, cultural, político, economico. social y fiscal de todas las bebidas alcohólicas en cada uno de los Estados miembros de la UE, y en particular del vino en España.
**Javier Angulo Gómez de Cadiñanos. ha sido Secretario Empresarios Vid, Cervezas y Beb. Alc. 1965- ;y Director-Gerente Fabricantes de Bebidas Espirituosas -1980-